Subvenciones en el ámbito de los programas de fomento del comercio local
Bases de la convocatoria
Información de la convocatoria
Objeto: Son objeto de subvención los programas o proyectos generales o la realización de las actividades o actuaciones concretas y específicas que a continuación se relacionan, siempre que tengan una incidencia, trascendencia o repercusión social, contribuyendo con eficacia al cumplimiento de los objetivos previstos y a una óptima asignación y utilización de los recursos disponibles:
- Campañas y actuaciones publicitarias, en los medios de comunicación, que tengan como objetivo la promoción y/o animación del comercio de la ciudad de Yecla, a nivel local, zonal y/o sectorial.
- Realización de estudios y programas orientados a la formulación de propuestas concretas de actuación comercial, con plazos de ejecución definidos, que tengan una incidencia directa en la dinamización del comercio local.
- Diseño de soportes de comunicación y/o de material promocional y divulgativo.
- Edición de material, de comunicación o promocional, asociado a acciones de actuación comercial específicas.
- Acciones de animación y relaciones públicas, dirigidas al público en general, para la promoción de zonas o de específicos sectores comerciales.
- Creación y actualización de páginas web para la promoción de la entidad y difusión de sus actividades.
- Instalación de decoración, de iluminación artística y/o de otros elementos en la vía pública, coincidiendo con periodos festivos.
- Organización de cursos, jornadas, congresos o seminarios formativos e informativos.
- Edición de catálogos, folletos, carteles y similares.
- Señalización e imagen.
- Dinamización de centros comerciales abiertos.
- Organización de eventos comerciales.
- Actividades divulgativas y/o de información en los centros escolares, para la promoción del comercio de proximidad.
- Convocatoria anual de premios y sorteos dirigidos a los consumidores.
- Convocatoria anual de premios al comercio y dotación de premios.
- Otros proyectos y/o actividades de fomento del comercio local en general.
Beneficiarios: Asociaciones y/o federaciones de comerciantes locales, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia con anterioridad a la fecha de aprobación de la convocatoria, que reúnan los requisitos previstos en el art. 5 de las Bases reguladoras.
Plazo de presentación de solicitudes: 10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el B.O.R.M.