Venta ambulante Feria 2025

Foto carrusel feria

Recordatorio sobre la publicación de las Bases Reguladoras para el ejercicio de venta ambulante en nuestra tradicional «Feria de Septiembre 2025».

Aquí debajo extracto de las Bases Reguladoras (consulte los requisitos completos en las Bases):

1. El Ayuntamiento se reserva el derecho para determinar la zona de emplazamiento
para ejercer el desarrollo del puesto durante la Feria de Yecla.

2. La autorización para el ejercicio de la venta ambulante tendrá la duración de la actividad de la Feria de Yecla del 12 al 22 de septiembre de 2025.

3. Cumplimentarán y firmarán una declaración responsable (ver Bases Reguladoras).

4. Poseer los certificados que de procedencia del producto y todas documentación
que requiera la normativa de venta ambulante.

5. Certificado o memoria técnica de la instalación eléctrica, de los generadores
precisos para el desarrollo de la actividad y de cualquier instalación que se realice
en el puesto.

6. La tasa de la ocupación de la vía publica en el recinto ferial será abonada antes
del viernes 5 de septiembre 2025 a las 12:00h, cuyo importe será de doscientos
euros (200,00€), presentado el justificante que acredite el abono del mismo para
su validez.

7. Se procederá a levantar el puesto por parte de la autoridad local cuando no
cumplan cualquier de los requisitos que reflejan estas bases.

8. Las personas interesadas que no hayan presentado la documentación exigida en
las presentes bases y en la declaración responsable y/o no hayan abonado la tasa
indicada en el punto 6 de doscientos euros (200,00€), no tendrán derecho a
instalar puesto ambulante durante la Feria de septiembre Yecla 2025.

  • Plazo de presentación del 01 de Agosto hasta el día 5 de Septiembre 2025.