«Extracto de la Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a la Cosecha en verde de la vendimia 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/821612):
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los viticultores y futuros viticultores, cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación.
Segundo. Objeto
El objeto de la presente Orden es convocar en el ámbito territorial de la Región de Murcia las ayudas a la cosecha en verde para la vendimia de 2025 de los viñedos que se destinen a la producción de uva para la vinificación.
Se entenderá por cosecha en verde la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.
La cosecha en verde tendrá como finalidad paliar la crisis de mercado y recuperar el equilibrio entre la oferta y la demanda en el mercado vitivinícola.
Las ayudas objeto de esta Orden se regirán por las bases reguladoras contenidas en la sección 3ª del Capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, así como por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Tercero. Bases reguladoras
Las ayudas objeto de esta Orden se regirán por las bases reguladoras contenidas en la sección 3ª del Capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, así como por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Cuarto. Solicitudes
La presentación de solicitudes de cosecha en verde de viñedos, se realizará según lo establecido en el artículo 6 de la citada Orden de 18 de marzo de 2025.
El modelo de solicitud de ayuda es el que figura en el Anexo I de esta convocatoria. Dicha solicitud, junto con el resto de anexos y documentación necesaria, se presentará a través de la Sede Electrónica CARM (https://sede.carm.es) mediante procedimiento nº 3395.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de esta Convocatoria será hasta el 29 de abril de 2025, inclusive.”
Otros datos también a tener en cuenta por parte de los interesados son los siguientes:
Superficie mínima por parcela 0,3 Has.
Superficie máxima por beneficiario 10 Has.
Cuando se realice la concesión, los beneficiarios tendrán como plazo máximo para realizar la cosecha en verde y comunicarla el 15 de julio 2025
Para el cálculo del Rendimiento medio de las parcelas se han de tener en cuenta la media de las campañas vitícolas 2020, 2021 y 2022.