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Oficina de rehabilitación
- Edificio: Casa Consistorial
- Dirección: Plaza Mayor, s/n
- Teléfonos: 968 75 41 00 ext. 2711
- E-mail: oficina.rehabilitacion@yecla.es
- Horario de atención al público: 9:00 a 14:00 horas
se asistirá a los interesados que soliciten cita previa, de manera presencial, telefónica o en el portal https://ov.yecla.es/WebOFICINAVIRTUAL/Vista/Paginas/WEBFORMSOLICITARCITAPREVIA.ASPX
Programa 1 “Rehabilitación a Nivel de Barrio (ERRP)”

Desde la Oficina de Rehabilitación se van a gestionar las ayudas del Programa 1 “Rehabilitación a Nivel de Barrio (ERRP)”, subvenciones destinadas a llevar a cabo actuaciones de rehabilitación energética de los edificios y viviendas unifamiliares incluidos en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de Yecla (Yecla Centro – Fase I), financiadas a través de los fondos Next Generation de la Unión Europea.
actuaciones subvencionables
Las actuaciones elegibles deberán haber sido iniciadas posteriormente al 10 de mayo de 2024, quedando incluidas dentro de alguno de los siguientes apartados:
- Mejora de la envolvente térmica:
- Aislamiento de fachadas y cubiertas.
- Sustitución de carpinterías exteriores por materiales de alta eficiencia energética (PVC, aluminio con rotura de puente térmico, etc.).
- Mejora de instalaciones térmicas:
- Sustitución de sistemas de climatización convencionales por sistemas inverter o aerotermia.
- Sustitución de calderas de agua caliente sanitaria (ACS) por sistemas solares térmicos o aerotermia.
- Mejora de la iluminación:
- Sustitución de iluminación incandescente o halógena por tecnología LED.
- Instalación de energías renovables:
- Colocación de paneles fotovoltaicos en cubiertas para autoconsumo.
- Actuaciones de accesibilidad, conservación y/o mantenimiento
- El importe de esta actuación podrá ser incorporado como gasto subvencionable, siempre y cuando se cumpla con el objetivo energético.
Serán subvencionables los honorarios técnicos correspondientes a la redacción de Proyectos, memorias e informes justificativos necesarios.
No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.