¿Cuándo es obligatorio el uso de la mascarilla?
Como medida de prevención e higiene, desde el sábado 26 de junio de 2021, las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
- Espacios cerrados: en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
- Espacios al aire libre: en cualquier espacio al aire libre en el que por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.
- Medios de transporte: en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Eventos multitudinarios al aire libre: cuando los asistentes estén de pie o si están sentados cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.