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Sistema para la autonomía y atención a la dependencia
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD en adelante), con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas, mediante una acción coordinada y cooperativa de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, contemplando medidas en todas las áreas que afectan a las personas en situación de dependencia, con la participación, en su caso, de las Entidades Locales.
Catálogo de Servicios
- Servicios de prevención de situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Ayuda a Domicilio:
- Atención de las necesidades de hogar.
- Cuidados personales.
- Servicio de Centro de Día y de Noche:
- Centro de Día para mayores.
- Centro de Día para menores de 65 años.
- Centro de Día de atención especializada.
- Centro de Noche.
- Servicio de Atención en Residencia:
- Residencia para personas mayores en situación de dependencia.
- Centro de atención a personas en situación de dependencia en razón de los distintos tipos de discapacidad.
Prestaciones económicas
- Prestación económica vinculada al servicio.
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
- Prestación económica de asistencia personal.
Clasificación de la dependencia que establece la Ley
- Grado I. Dependencia moderada:
Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tienen necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. - Grado II. Dependencia severa:
Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. - Grado III. Gran dependencia:
Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Personas beneficiarias de los servicios y prestaciones
De manera general, podrán ser personas beneficiarias de las prestaciones y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia las personas que hayan obtenido el reconocimiento de Grado de Dependencia.
Información sobre la valoración de grado de dependencia y acceso a las prestaciones.
Puede obtener más información, con cita previa, en el Centro Municipal de Servicios Sociales, y en el siguiente enlace de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: carm.es/Dependencia.